Sala de Prensa

Medidas de Apoyo al emprendedor y de la creación de empleo

26/02/2013

A continuación le detallamos cuales han sido las Medidas de Apoyo al emprendedor y para la creación de empleo, publicadas en el BOE el 23 de febrero de 2013.

Fomento del emprendimiento y autoempleo

  1. Se mantiene la bonificación equivalente al 30% de  la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima durante los 15 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, para hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años.
  2. Nuevo sistema de bonificaciónpara los trabajadores por cuenta propia que tengan menos de 30 años de edad y que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta. Reducciones y bonificaciones, por un período máximo de 30 meses, según la siguiente escala:
    1. Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.
    2. Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en la letra a).
    3. Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b).
    4. Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes  a la finalización del período de reducción.

Lo previsto en el presente apartado no resultará de aplicación a los trabajadores por cuenta propia que empleen trabajadores por cuenta ajena.

Compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia

Durante un máximo de 9 meses la prestación por desempleo será compatible con la situación de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos (menores de 30 años).

Amplicación de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora

  1. Los beneficiarios de la prestación por desempleo de nivel contributivo que  pretendan constituirse como trabajadores autónomos y no se trate de personas con discapacidad igual o superior al 33%
  2. Los beneficiarios de la prestación por desempleo de nivel contributivo menores de 30 años, cuando capitalicen la prestación para destinar hasta el 100% de su importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación.

Régimen de cotización por contingencias profesionales y cese de actividad.

La protección frente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que incluye la cobertura de la protección por cese de actividad, tendrá carácter voluntario para los trabajadores por cuenta propia menores de 30 años.

Incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa

Contratos a tiempo parcial con vinculación formativa con jóvenes desempleados menores de 30  años tendrán derecho, durante un máximo de doce meses:

  1. Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado, del 100% (empresas con plantilla inferior a 250 personas), o del 75% (empresa que tenga una plantilla igual o superior a esa cifra).
  2. Los trabajadores deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:
  3. No tener experiencia laboral o que esta sea inferior a tres meses, proceder de otro sector de actividad y ser desempleado y estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos 12 meses durante los 18 anteriores a la contratación.
  4. Para la aplicación de esta medida, el contrato podrá celebrarse por tiempo indefinido o por duración determinada.
  5. La jornada pactada no podrá ser superior al 50% de la de a un trabajador a tiempo completo comparable.

Contratación indefinida a jóvenes menores de 30 años por microempresas y empresarios autónomos

Las empresas, y los trabajadores autónomos, que contraten de manera indefinida, a tiempo completo o parcial, a un joven desempleado menor de 30 años tendrán derecho a una reducción del 100 por cien de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado durante el primer año de contrato, en los términos recogidos en los apartados siguientes.

Requisitos:

Plantilla igual o inferior a 9 trabajadores, no haber tenido ningún vínculo laboral anterior con el trabajador, no haber adoptado, en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato, decisiones extintivas improcedentes.

Incentivos en la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven

Reducción del 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social durante los 12 meses siguientes a la contratación los trabajadores por cuenta propia menores treinta años, y sin trabajadores asalariados, que desde la entrada en vigor de este real decreto-ley contraten por primera vez, de forma indefinida, mediante un contrato de trabajo a tiempo completo o parcial, a personas desempleadas de edad igual o superior a 45 años, inscritas ininterrumpidamente como desempleadas en la oficina de empleo al menos durante 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.

Primer empleo joven

Las empresas podrán celebrar contratos temporales con jóvenes desempleados menores de 30 años que no tengan experiencia laboral o si ésta es inferior a tres meses.

La duración: mínimo de 3 meses. Máximo de 6 meses, salvo que se establezca una duración superior por convenio colectivo.

La jornada completa o a tiempo parcial siempre que, en este último caso, la jornada sea superior al 75% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable.

Transcurrido un plazo mínimo de 3 meses desde su celebración, sí se  transforman en indefinidos:

Bonificación en las cuotas empresariales: 41,67 euros/mes (500 euros/año) o 58,33 euros/mes (700 euros/año), en el caso de la contratación de una mujer), durante 3 años, siempre que la jornada pactada sea al menos del 50 por cien de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable.

Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de economía social

  1. Bonificaciones durante 3 años: de 66,67 euros/mes (800 euros/año), aplicable a las cooperativas o sociedades laborales que incorporen trabajadores desempleados menores de 30 años como socios trabajadores o de trabajo.
  2. Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social aplicables a las empresas de inserción en los supuestos de contratos de trabajo suscritos con personas menores de 30 años en situación de exclusión social de 137,50 euros/mes (1.650 euros/año) durante toda la vigencia del contrato o durante tres años.
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