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PIME Menorca reclama al Govern que adopte las medidas extraordinarias de revisión de precios

03/03/2022 Solicita además otras medidas que permitan el reequilibrio económico en la contratación de obras.

El Real Decreto-Ley de 1 de marzo, publicado ayer establece, entre otras cuestiones, medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras que estén afectados por la subida de precios de los materiales.

La Federació lleva ya tiempo demandado a la Administración autonómica medidas que permitan un más fácil acceso de las pequeñas empresas locales a la contratación pública, entre ellas la subrogación de la administración en los impagos a los subcontratistas, la aplicación de la Ley de morosidad y la contratación por lotes, entre otros.

Actualmente el incremento de los precios de la materia prima, el transporte y los suministros es una de las preocupaciones más relevantes para esta Federació, conocedora de las vicisitudes que están pasando nuestras empresas debido a estas circunstancias y que afecta también a la contratación pública.

En nuestra isla, la incidencia de este incremento de costes afecta al 91% de las empresas menorquinas, según el informe realizado entre nuestros empresarios a finales de 2021, y que posiblemente en la actualidad alcance al 100%.

PIME Menorca valora la sensibilidad del Gobierno con esta cuestión, aunque establece un procedimiento que puede hacer fracasar la iniciativa, y como en otras ocasiones, creemos que debería establecerse de forma más sencilla, si no automática.

Valoran también los empresarios algunas deficiencias de la norma, que no garantizan la protección que se pretende a las empresas más pequeñas y  que consideran deberían ser demandadas para que el objetivo de la norma se cumpla en la mayoría de contratación pública. Excluye contratación de bienes y servicios, centrándose únicamente en los contratos de obra,  limita la valoración sólo a determinados materiales y no aclara el tratamiento que tendrá el subcontratista, en caso de existir, en caso de admitirse la compensación al contratista por el incremento de precios.

La aplicación de estas medidas excepcionales es automática para aquellos contratos adjudicados por cualquiera de las entidades que forman parte del sector público estatal, pero no los suscritos con la administración autonómica ni la administración local, debiendo, tal y como indica el apartado 3 del artículo 6, el acuerdo de cada Comunidad Autónoma para que pueda ser aplicable.

Ante esta circunstancia, PIME Menorca ha reclamado al Govern Balear que realice los trámites que correspondan para acordar la aplicación de este RDL en todo el territorio de nuestra comunidad, y sea cual sea la administración adjudicataria, extendiendo su aplicación a Consell Insular y Ayuntamientos.

Solicitan también que, s i bien estas medidas son excepcionales para las certificaciones de obra de 2.021, debería extenderse, atendiendo a los indicadores económicos y a la evolución de precios de estos dos primeros meses del año, mientras esta situación de alza de precios se mantenga.

Los empresarios proponen además, que las medidas de restablecimiento del equilibrio económico-financiero por alteración extraordinaria de los precios de los materiales debería incluirse en cualquier formalización o modificación posterior del contrato de obra, y especialmente incorporarlas en los pliegos de condiciones particulares de todas aquellas obras pendientes de licitación.

Estas medidas de reequilibrio pueden consistir en compensaciones económicas al contratista por la diferencia de coste de los materiales, una modificación de los materiales del proyecto que permita un abaratamiento de sus precios o incluir cláusulas de reequilibrio del contrato por riesgo imprevisible como han hecho ya algunas CCAA.

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