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Sala de Prensa
Tienes hasta el 30 de noviembre para canjear tus vales “ConsuMenorca” en los establecimientos adheridos
A pesar de que los vales puesto a disposición por el CIMe ya se hayan agotado, los vales “ConsuMenorca” descargados en su momento pueden canjearse hasta el 30 de noviembre de 2021.
Utiliza los vales visitando los establecimientos o negocios adheridos a la campaña.
Cada vale tiene un valor de 10 euros y únicamente podrán ser canjeados en los establecimientos adheridos. El valor de los vales utilizados en cada operación tiene que representar, como máximo, el 30% del precio de la cosa comprada o consumida.
El objetivo es incentivar el consumo privado de bienes y servicios provenientes de establecimientos y negocios ubicados en Menorca, ante la crisis social y económica generada por la COVID-19.
Requisitos y obligaciones de las personas beneficiarias:
- Pueden beneficiarse de estas ayudas, mediante la solicitud de vales, las personas físicas con DNI o NIE.
- A los efectos fiscales, serán informadas de que el importe de la subvención es un incremento patrimonial que tributa en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
- Previamente a la solicitud y concesión, las personas interesadas tienen que declarar, bajo su responsabilidad, encontrarse libres de obligaciones económicas con el CIM y no incurrir en algunas de las circunstancias establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la LGS.
- Con la concesión de los vales solicitados, los beneficiarios aceptan tácitamente la subvención y se obligan a:
- Utilizar los vales a los establecimientos y negocios adheridos por un valor máximo del 30% del coste del producto comprado o consumido.
- Presentar los vales, imprimidos o en código QR, y exigir la validación por parte del establecimiento adherido donde se consuman.
- Hacer un uso exclusivamente personal y no transferible.
- No utilizarlos en los establecimientos que ellos mismos exploten.
Para más información puede consultar las bases de la convocatoria de esta campaña a través del enlace www.pimemenorca.org/documento/61481/consumenorca.
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