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La Asociación de Taxistas presenta alegaciones al nuevo reglamento de Ciutadella

04/03/2008 Las exigencias de exclusividad y de emisora única principales divergencias del sector

La Asociación de Taxistas de Menorca ha presentado un escrito de alegaciones al Reglamento Municipal del Taxi aprobado de forma inicial por el Ayuntamiento de Ciutadella y que ha estado en exposición pública durante 30 días.

El escrito de alegaciones de la Asociación que contiene nueve alegaciones, contempla especialmente dos aspectos en la que una mayoría de profesionales del taxi se muestran contrarios en el texto aprobado por el Ayuntamiento de Ciutadella. Estos son la exigencia de exclusividad en la actividad y la afiliación a una emisora única.

En primer lugar, la Asociación considera contraria a Derecho la imposición que realiza el Reglamento que tanto los titulares de una licencia de taxi, como sus trabajadores tengan que realizar la labor con exclusividad, con prohibición de que tengan otro trabajo. En ese sentido, la Asociación informa que el Estatuto de los Trabajadores contempla esa posibilidad como un derecho de los trabajadores, que se puede pactar con las empresas, y nunca como una imposición.  Por lo que de exigirse la citada exclusividad se vulneraría un derecho laboral de primer orden.

Por otra parte, el Reglamento también contempla la obligatoriedad de que todos los titulares de taxi se incorporen a una única emisora, sin determinar su titularidad pública o privada. Esta exigencia considera la Asociación que también vulnera la normativa legal vigente. En concreto con lo dispuesto en el artículo 38 de la Constitución Española, que reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Al mismo tiempo, el artículo 2 de la Ley de Libertad Sindical de 1977, establece como un derecho y no una imposición la afiliación de los trabajadores y los empresarios a las asociaciones sindicales o empresariales.

Por último la Asociación de Taxis de Menorca no descarta que se impugnen en los mismos términos otros Reglamentos aprobados por distintos ayuntamientos si los profesionales de los respetivos municipios lo solicitan.

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